El Consejo Superior de la UNSL aprobó por unanimidad el proyecto de Reglamento de Guarda y Gestión Documental Integral (GEDOI), que establece criterios de guarda permanente para la documentación con valor histórico o testimonial y de guarda precaucional con plazos mínimos de preservación y que, vencidos esos plazos, serán dados de baja.
«La Universidad a través de su compromiso social debe dar respuestas a la necesidad de resguardar el acervo histórico documental de la Institución y proveer las herramientas legales para el desarrollo de una buena Gestión Documental Integral (GEDOI) que garantice a todas sus dependencias académicas y administrativas la eficiencia del ciclo vital de los documentos que produce y los que le son entregados por donaciones o transferencias», sostuvo la Dra. Sonia Riveros, directora del Archivo Histórico y Documental UNSL quien además señala la relevancia de contar con una normativa específica y adecuada que garantice el resguardo del rico patrimonio histórico documental que posee la UNSL.
«Las actividades de eliminación, transferencia y conservación de documentos, material bibliográfico y expedientes, se realizarán mediante actas, que se labrarán bajo la supervisión del área del Archivo Histórico y Documental de la UNSL, quien determinará el fin del ciclo vital de los mismos. Las actas quedarán archivadas en ese espacio institucional», agregó Riveros.
De acuerdo con el reglamento GEDOI, los plazos de preservación establecidos se dividen en documentos de guarda permanente y en documentos de archivo intermedio con dos (2), cinco (5) y diez (10) años de guarda.
La fundamentación expuesta en el texto de la ordenanza considera que es necesario organizar los fondos documentales de esta Universidad para lograr un mejor aprovechamiento de los distintos espacios físicos y dependencias administrativas. También se hace necesario proceder a la guarda de aquellos documentos, material bibliográfico y expedientes cuya existencia sea necesaria por motivos legales, institucionales o de valor histórico y testimonial.
La normativa cuenta con anexos tanto para el procedimiento de eliminación de documentos, como por ejemplo los que están catalogados como guarda permanente con la transferencia al Archivo Histórico y Documental de la UNSL, como así también determina la reutilización del material para que la eliminación del papel no produzca impacto ambiental.